INICIATIVAS INTERNACIONALES DE CONSERVACIÓN DE HUMEDALES
Múltiples organizaciones alrededor del mundo buscan proteger los humedales mediante la conservación y el uso sustentable de los recursos que poseen.
Convención de RAMSAR
La Convención relativa a los humedales de importancia internacional especialmente como hábitat de aves acuáticas, conocida como Convención Ramsar, fue firmada en la ciudad de Ramsar (Irán) el 18 de enero de 1971 y entró en vigor el 21 de diciembre de 1975.
Su principal objetivo es «la conservación y el uso racional de los humedales mediante acciones locales, regionales y nacionales y gracias a la cooperación internacional, como contribución al logro de un desarrollo sostenible en todo el mundo».
El 90% de los estados miembros de las Naciones Unidas se han adherido al tratado, protegiendo a más de 1.950 humedales, con una superficie aproximada de 190 millones de hectáreas, incluidas en la lista Ramsar de humedales de importancia internacional.
Cada tres años los países miembros se reúnen para evaluar los progresos y compartir conocimientos y experiencias.
La Convención define Humedales como “Extensiones de marismas, turberas o aguas de régimen natural o artificial, permanentes o temporales, estancadas o corrientes, dulces, salobres o saladas, incluyendo las extensiones de agua marina cuya profundidad en marea baja no exceda los seis metros”.
Así, la Convención aplica una definición amplia de los humedales, que abarca todos los lagos y ríos, acuíferos subterráneos, pantanos y marismas, pastizales húmedos, turberas, oasis, estuarios, deltas y bajos de marea, manglares y otras zonas costeras, arrecifes coralinos, y sitios artificiales como estanques piscícolas, arrozales, reservorios y salinas.
En el marco de los tres pilares de la Convención, las partes contratantes se comprometen a:
• Trabajar en pro del uso racional de todos los humedales de su territorio.
• Designar humedales idóneos para la lista de Humedales de Importancia Internacional (la
“Lista de RAMSAR”) y garantizar su manejo eficaz.
• Cooperar en el plano internacional en materia de humedales transfronterizos, sistemas de humedales compartidos y especies compartidas.